Concejal presenta acción de inconstitucionalidad contra reforma al COOTAD por presunta afectación a municipios y servicios sociales
El concejal metropolitano Andrés Campaña presentó una acción pública de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional del Ecuador contra la reciente reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), al considerar que la normativa vulnera disposiciones constitucionales y podría afectar la prestación de servicios sociales a cargo de municipios y prefecturas.
La demanda incluye una solicitud de medidas cautelares para que se suspendan de manera inmediata los efectos de la ley mientras el máximo órgano de control constitucional analiza el caso.
Argumentos de forma
En el escrito presentado, el concejal sostiene que la reforma fue tramitada como proyecto económico urgente sin que, a su criterio, existiera una crisis emergente que justificara ese procedimiento, conforme al artículo 140 de la Constitución.
Según el planteamiento, aunque actualmente rige un estado de excepción focalizado en determinadas zonas del país, esta condición no habilitaría automáticamente la presentación de múltiples proyectos económicos urgentes. En ese contexto, se menciona que durante la administración del presidente Daniel Noboa se han remitido más de un proyecto con esa calificación.
Asimismo, se argumenta que la propia estructura de la reforma contempla un régimen de transición que se aplicará progresivamente hasta 2028, año en el que entraría plenamente en vigencia la regla fiscal del 70% para inversión y 30% para gasto corriente. Para el accionante, ese calendario evidenciaría que no existía una urgencia inmediata.
También se hace referencia a pronunciamientos previos de la Corte Constitucional del Ecuador en los que se establece que la vía de urgencia económica procede únicamente cuando se requiere atender una crisis emergente.
Argumentos de fondo
En cuanto al fondo, la acción sostiene que la reforma vulneraría el artículo 293 de la Constitución, que dispone que las normas de política fiscal deben aplicarse de manera análoga tanto al Gobierno central como a los gobiernos autónomos descentralizados (GAD).
El concejal señala que, según cifras expuestas en su intervención, el Gobierno nacional tendría proyectado un gasto corriente cercano al 50%, mientras que el Municipio de Quito registraría aproximadamente un 34%. Desde esa perspectiva, cuestiona que la reforma imponga restricciones principalmente a los gobiernos subnacionales.
Asimismo, plantea que la normativa afectaría la autonomía financiera de los GAD, garantizada constitucionalmente, al regular no solo las transferencias provenientes del Gobierno central sino también los recursos propios generados por municipios y prefecturas.
Posible impacto en servicios sociales
Uno de los puntos centrales de la demanda se refiere a la eventual eliminación o limitación de partidas presupuestarias vinculadas a personal de servicios sociales y transferencias.
De acuerdo con lo expuesto, esto podría incidir en programas municipales como el denominado “60 y Piquito”, que atiende a adultos mayores en distintos puntos de la capital; los servicios de salud mental implementados por ordenanza local; y las transferencias destinadas al sistema de transporte público, incluyendo el Trolebús, la Ecovía y el Metro de Quito.
El accionante sostiene que la reducción de estos recursos podría repercutir en la prestación de servicios y en los costos que asumen los usuarios.
Debate sobre previsibilidad presupuestaria
Otro de los argumentos presentados apunta a la previsibilidad y oportunidad en la asignación de recursos. Según la demanda, tanto el Gobierno nacional como el Municipio de Quito ya aprobaron sus respectivas proformas presupuestarias, por lo que una modificación en medio del ejercicio fiscal podría generar ajustes adicionales.
El concejal indicó que, a su criterio, la Corte Constitucional del Ecuador podría incluso analizar la constitucionalidad del trámite legislativo antes de pronunciarse sobre el fondo del contenido de la norma.
Hasta el momento, se espera que el máximo órgano constitucional admita a trámite la acción y resuelva sobre la solicitud de medidas cautelares.

