Corte Nacional ratifica condena contra adolescente por actos de odio en Quito
Un tribunal de la Corte Nacional de Justicia resolvió negar el recurso de casación interpuesto por la defensa de un adolescente sentenciado por actos de odio cometidos contra una estudiante, con lo que quedó ejecutoriada la pena de cuatro años de internamiento institucional.
En la resolución, que corresponde a la última instancia judicial, los magistrados también confirmaron la disposición de una reparación económica de USD 3.000 a favor de los familiares de la víctima.
El proceso se originó en una unidad educativa del centro norte de Quito, donde la joven y el agresor compartían el mismo entorno escolar. Según el expediente fiscal, la estudiante fue sometida durante varios meses a episodios reiterados de violencia verbal y física.
La agresión más grave se registró en marzo de 2023, cuando el adolescente golpeó a la víctima en la espalda, causándole una lesión en la columna vertebral que afectó su movilidad. Tras la denuncia presentada por el padre de la joven en abril de ese año, la Fiscalía abrió una investigación penal.
Durante la etapa de juzgamiento, desarrollada en marzo de 2024, la Fiscalía sostuvo que los actos de violencia tuvieron un impacto severo en la salud física y emocional de la adolescente. Además, expuso que las limitaciones económicas de su familia impidieron el acceso oportuno a tratamientos especializados.
De acuerdo con los informes periciales incorporados al proceso, la adolescente falleció posteriormente por suicidio, hecho que fue establecido mediante exámenes médico-legales.
Para sustentar la acusación, se presentaron testimonios de docentes, profesionales de la salud mental, trabajadores sociales y personas cercanas a la víctima, así como pericias técnicas, entre ellas una evaluación antropológica y una autopsia psicológica.
El caso fue tramitado bajo la tipificación penal de actos de odio, prevista en el artículo 177 del Código Orgánico Integral Penal, que contempla una sanción agravada cuando los hechos derivan en la muerte de la víctima. Al tratarse de un menor de edad, el tribunal dispuso la aplicación de medidas socioeducativas conforme al Código de la Niñez y Adolescencia.

