¿Cuántos pedidos hay para aplicarla en la eutanasia?
El 7 de febrero del 2024 se dió la despenalización la eutanasia en Ecuador y el reglamento para la aplicación se emitió el 12 de abril de este mismo año.
Un comité interdisciplinario es el encargado de evaluar los casos y determinar la aplicación de la muerte digna.
¿Cuántos procesos de eutanasia hay en Ecuador?
Varios pasos para la eutanasia, al principio detallaron desde el Ministerio de Salud, la solicitud debe ingresar a través de los distritos de salud. Luego, esta se remite a la planta central de la Cartera de Estado.
No obstante, hasta este 24 de junio de 2024, no ha llegado ningún pedido, informaron desde la institución pública.
Los parámetros para la muerte digna
La eutanasia tendrá la consideración de muerte natural en el caso de una persona con una enfermedad grave e incurable o lesión corporal crítica e irreversible.
hay requisitos definidos para acceder al procedimiento de muerte digna.
- Tener la nacionalidad ecuatoriana o ser extranjeros con residencia permanente en el Ecuador.
- Ser mayor de edad y encontrarse en plenitud de sus capacidades mentales, legales y conscientes en el momento del pedido.
- Solicitud para la aplicación de la eutanasia activa, voluntaria, informada, inequívoca y persistente, expresada de manera directa por el paciente.
- Diagnóstico definitivo de la enfermedad grave e incurable o lesión corporal grave e irreversible.
- Evolución de la enfermedad en la que se incluyan tratamientos recibidos, alternativas terapéuticas aplicadas y sin resultados, diferentes terapias relacionadas con el manejo del sufrimiento, el dolor y complicaciones médicas.
- Constancia de que el paciente tuvo el acceso efectivo a tratamientos curativos y cuidados paliativos integrales, a cargo de profesionales especialistas en cada área.