DANIEL SALCEDO SERÁ EXTRADITADO A EE. UU.: el traslado está previsto para el 29 de octubre
El ministro del Interior, John Reimberg, anunció que Daniel Salcedo y Ronal Patricio Herrera Ramírez serán entregados a las autoridades estadounidenses. Ambos mantienen procesos judiciales en Ecuador y afrontan actuaciones relacionadas con la justicia internacional.
QUITO, ECUADOR.— La extradición de Daniel Salcedo y Ronal Patricio Herrera Ramírez hacia Estados Unidos está prevista para el próximo 29 de octubre de 2026, según informó el ministro del Interior, John Reimberg. El procedimiento se realizará después de que la Corte Nacional de Justicia emitiera las resoluciones correspondientes para ambos procesados.
La entrega formal permitirá que los dos ciudadanos queden a disposición de las autoridades judiciales estadounidenses, mientras en Ecuador continúan vigentes las condenas y causas judiciales que enfrentan, de acuerdo con los antecedentes del caso.
Las resoluciones judiciales y el proceso de extradición
El procedimiento avanzó tras la formalización de las resoluciones emitidas por el presidente encargado de la Corte Nacional de Justicia, Marco Rodríguez Ruiz. Según la información difundida, Salcedo y Herrera fueron notificados de sus respectivos procesos de extradición el 31 de agosto de 2026.
En el caso de Daniel Salcedo, quien permanece recluido en el centro carcelario de máxima seguridad El Encuentro, el traslado se produce mientras cumple condenas por distintos delitos en Ecuador y mantiene otras causas judiciales pendientes.
Entre estas últimas consta una investigación relacionada con el asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio, aunque la existencia de una investigación no implica, por sí sola, una declaración de culpabilidad por esos hechos.
Los cargos que Salcedo enfrenta en Estados Unidos
En el ámbito internacional, Salcedo registra cinco cargos penales pendientes ante el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, según la información proporcionada.
A comienzos de septiembre, el procesado habría cuestionado inicialmente la solicitud de extradición por considerar que no había tenido acceso al expediente. Posteriormente, modificó su postura y aceptó la entrega inmediata, renunciando al procedimiento ordinario de extradición.
La entrega prevista para finales de octubre marcaría el inicio de una nueva etapa judicial para Salcedo en territorio estadounidense, donde deberá responder ante las autoridades competentes por los cargos que se le atribuyen.
¿Quién es Ronal Patricio Herrera Ramírez?
El segundo ciudadano incluido en el procedimiento es Ronal Patricio Herrera Ramírez, exteniente de la Policía Nacional y señalado como excolaborador de Salcedo.
Herrera también está vinculado, en calidad de testigo protegido, a las investigaciones de la Fiscalía General del Estado sobre el asesinato de Fernando Villavicencio. De acuerdo con los antecedentes proporcionados, aceptó previamente su entrega voluntaria a las autoridades estadounidenses.
Sin embargo, su condición de testigo protegido en Ecuador no permite establecer por sí sola cuáles son los hechos específicos o los cargos que podrían atribuirle en Estados Unidos. Estos deberán determinarse a partir de los documentos y actuaciones judiciales correspondientes.
¿Qué ocurrirá con las condenas y causas pendientes en Ecuador?
Uno de los aspectos relevantes de las resoluciones de extradición es el tratamiento de los plazos legales relacionados con los procesos que ambos mantienen en el país.
Según la información proporcionada, la Corte Nacional dispuso que, desde el momento en que se concrete la entrega física de los dos ciudadanos a los agentes estadounidenses, se interrumpan los plazos de prescripción de las penas y del ejercicio de la acción penal correspondientes a los delitos cometidos en Ecuador.
La medida se fundamenta, de acuerdo con los antecedentes del caso, en el artículo 72, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con la Disposición Reformatoria Primera de la Ley Orgánica de Extradición y el artículo 169 de la Constitución de la República.
El objetivo de esta disposición es evitar que la extradición impida la continuidad de las actuaciones judiciales ecuatorianas o favorezca la impunidad por los delitos que se investigan en el país.
Un traslado con implicaciones judiciales en dos países
La entrega de Daniel Salcedo y Ronal Herrera, prevista para el 29 de octubre de 2026, representa un nuevo paso en los procedimientos judiciales que involucran a ambos ciudadanos en Ecuador y Estados Unidos.
Mientras las autoridades estadounidenses deberán continuar con las actuaciones correspondientes a sus jurisdicciones, en Ecuador seguirán vigentes las disposiciones judiciales aplicables a las condenas y causas pendientes.
La fecha anunciada marca el siguiente hito del procedimiento. La evolución de los procesos en ambos países dependerá de las decisiones que adopten las autoridades judiciales competentes.

