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¡Caso Grillete!: Corte Nacional revisará la condena de tres años contra Aquiles Álvarez

El recurso de casación presentado por el alcalde de Guayaquil quedó en manos de un tribunal integrado por tres jueces de la Corte Nacional de Justicia. La defensa cuestiona la transparencia y los tiempos del sorteo.

El proceso judicial contra el alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, por el denominado caso Grillete llegó a la Corte Nacional de Justicia (CNJ), donde un tribunal deberá revisar el recurso de casación presentado por su defensa contra la sentencia de tres años de prisión.

El tribunal quedó integrado por los jueces Edison Cantos Aguirre, Daniella Camacho Herold y Felipe Córdova Ochoa, pertenecientes a la Sala Especializada de lo Penal. El sorteo del recurso se realizó el viernes 23 de octubre de 2026, a las 11:49, un día después de que la Corte Nacional recibiera el expediente.

La casación constituye una instancia de revisión jurídica en la que los jueces examinan si la sentencia impugnada aplicó correctamente la ley. En esta etapa no corresponde realizar una nueva valoración de las pruebas del proceso.

La defensa cuestiona el sorteo

Álvarez presentó el recurso de casación el 12 de octubre, fecha en la que vencía el plazo para hacerlo. Al día siguiente, la Corte Provincial del Guayas concedió el recurso y dispuso el envío inmediato del expediente, compuesto por siete cuerpos y 779 fojas.

Sin embargo, el traslado del proceso quedó pendiente de la asignación de un vehículo institucional o de la disponibilidad de la valija de correos institucionales.

La Corte Nacional recibió la documentación el 22 de octubre y efectuó el sorteo al día siguiente. No obstante, el abogado del alcalde, Julio César Cueva, cuestionó que el acta correspondiente apareciera en el sistema judicial Satje recién el 28 de octubre.

A través de la red social X, Cueva expresó dudas sobre la transparencia del procedimiento y señaló que el tiempo transcurrido entre la recepción del expediente y la publicación del acta debía ser examinado.

El abogado también difundió información de un estudio de la Corte Nacional sobre 148 sentencias de casación. Según los datos citados por la defensa, el tiempo mediano para que un recurso llegue a la Corte es de 28 días, mientras que el periodo hasta la audiencia alcanza los 19,7 meses.

En el caso de Álvarez, el expediente llegó a la Corte Nacional en diez días, de acuerdo con la información publicada. Estas cifras corresponden a los tiempos procesales mencionados por el abogado y, por sí solas, no demuestran irregularidades en el sorteo.

¿Por qué fue condenado Aquiles Álvarez?

El caso se originó el 10 de febrero de 2026, cuando, durante un allanamiento relacionado con el caso Goleada, tres policías encontraron al alcalde sin el grillete electrónico que debía portar como medida cautelar.

Según los antecedentes del proceso, el dispositivo estaba en el dormitorio, separado del cuerpo de Álvarez y conectado a una toma de corriente. El grillete le había sido impuesto en julio de 2025 dentro del caso Triple A, como alternativa a la prisión preventiva.

El 18 de agosto de 2026, el Tribunal de Garantías Penales con sede en Durán lo declaró culpable del delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y le impuso tres años de prisión, además de una multa equivalente a diez salarios básicos unificados.

La sentencia precisó que no se había probado sabotaje al dispositivo ni intención de fuga. La responsabilidad penal se fundamentó en que el alcalde permaneció consciente y voluntariamente sin portar el grillete electrónico.

La defensa también cuestionó la redacción de la sentencia y planteó dudas sobre un posible uso de inteligencia artificial. El tribunal corrigió errores materiales, entre ellos una oración incompleta y un párrafo duplicado. Posteriormente, la Corte Provincial sostuvo que esos errores no demostraban que una herramienta tecnológica hubiera reemplazado la valoración de las pruebas o la deliberación judicial.

La Corte Provincial confirmó la condenaEl 18 de septiembre de 2026, la Sala Penal de la Corte Provincial del Guayas confirmó por unanimidad la culpabilidad de Álvarez y la pena impuesta.

Los jueces rechazaron el argumento de que el alcalde debía ser juzgado bajo fuero por su cargo. Según el razonamiento de la Sala, la condición de alcalde no modifica automáticamente la competencia judicial cuando se trata de conductas ajenas al ejercicio de sus funciones.

Sin embargo, la Corte Provincial aceptó parcialmente la apelación en otros aspectos: levantó la prohibición de vender los inmuebles del alcalde, eliminó la reparación económica y sustituyó la obligación de ofrecer disculpas públicas por la entrega de una carta al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI).

Ahora, el tribunal de casación deberá analizar los argumentos jurídicos de la defensa y determinar si corresponde mantener la sentencia o adoptar otra decisión conforme a derecho.Otros procesos judiciales contra el alcaldeEl caso Grillete no es el único proceso penal que enfrenta Álvarez.

En el caso Triple A, el alcalde fue sentenciado el 29 de agosto de 2026 a seis años y ocho meses de prisión por el delito de comercialización ilícita de combustibles. Según la información publicada, ese proceso todavía no había avanzado a la etapa de apelación.Por otra parte, el caso Goleada, relacionado con una investigación por presunto lavado de activos, continúa en etapa preparatoria de juicio. En ese expediente constan 17 personas y nueve empresas procesadas, entre ellas el alcalde, sus hermanos Antonio José y Xavier Mario Álvarez Henriques, su madre, Gioconda Henriques, y su esposa, Fiorella Icaza.

La audiencia prevista para el 27 de octubre no se instaló debido a la ausencia del abogado de uno de los procesados. La nueva fecha fue fijada para el 4 de noviembre de 2026.En relación con ese mismo caso, el Consejo de la Judicatura destituyó el 27 de octubre a los jueces Silvana Velasco, Wiler Chóez y Byron Uzcátegui por una falta calificada como error inexcusable. En abril, estos magistrados habían revocado la prisión preventiva de Aquiles Álvarez y de sus hermanos.

¿Qué viene ahora?

La Corte Nacional deberá examinar los argumentos de casación presentados por la defensa en el caso Grillete. Esta revisión se centrará en posibles errores de derecho en la sentencia, no en repetir el juicio ni volver a analizar integralmente las pruebas.

Por ahora, la información disponible confirma la integración del tribunal y la recepción del recurso. Las críticas de la defensa sobre el sorteo constituyen cuestionamientos de una de las partes y no equivalen, por sí mismas, a una declaración judicial de irregularidad.

La decisión que adopte la Corte Nacional será determinante para establecer si la condena de tres años contra el alcalde de Guayaquil se mantiene o si corresponde modificarla conforme al análisis jurídico del recurso.

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