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CNE aprueba la candidatura presidencial de Daniel Noboa para la reelección en 2025

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la candidatura presidencial de Daniel Noboa para las elecciones generales de febrero próximo. Con este paso clave, el presidente busca gobernar para un periodo completo (2025-2029).

Una fuente del CNE confirmó este lunes a EFE que la candidatura de Noboa, por el movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), ha quedado ya «en firme» al igual que otras tres postulaciones.

Entre las postulaciones que ya están «en firme» figura por el partido Sociedad Patriótica, Andrea González, quien en las elecciones extraordinarias de 2023 era candidata a vicepresidenta de Fernando Villavicencio, asesinado por sicarios nueve días antes de la primera vuelta de los comicios.

Además, seis candidaturas están calificadas y, si en tres días no ingresan recursos ante el CNE o el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), ya se consideran en firme, precisó la fuente.

Una candidatura está en proceso de subsanación por un error en una declaración juramentada y otras dos postulaciones fueron objetadas.

Tres candidaturas más serán analizadas este lunes en el pleno del CNE, que en total recibió 16 postulaciones a la Presidencia de la República.

PROCESO DE CALIFICACIÓN DE CANDIDATURAS

1. Notificación de Candidaturas: Una vez presentadas las candidaturas, el Pleno del CNE, las juntas provinciales electorales o especiales del exterior notificarán a las organizaciones políticas la nómina de dichas candidaturas en un plazo de un día.

2. Presentación de objeciones: Las organizaciones políticas tienen dos días para presentar objeciones a las candidaturas.

3. Contestación a la objeción: El organismo electoral tiene un día para notificar la objeción a la organización política, quien deberá responder en dos días.

4. Resolución de la Objeción: Con la respuesta o en caso de rebeldía, el organismo electoral resolverá en dos días, calificando o negando la candidatura, y notificará a las partes en un día.

Impugnación y recursos jurisdiccionales:

1. Impugnación ante el CNE: Las organizaciones políticas pueden impugnar la resolución de objeción ante el CNE en dos días. El CNE tiene tres días para resolver la impugnación.

2. Recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral: La resolución del CNE podrá ser recurrida ante el TCE en tres días.

Las candidaturas inscritas que hayan cumplido todo el procedimiento serán calificadas conforme a lo establecido en el Código de la Democracia, garantizando así su participación en las Elecciones Generales 2025.

La cita electoral está programada para el domingo 9 de febrero de 2025, y para la elección presidencial habrá una segunda vuelta el domingo 13 de abril entre los dos candidatos más votados, en caso de que ningún postulante logre al menos el 50 % de los votos o el 40 % y una ventaja sobre diez puntos porcentuales sobre el segundo.

Fuente: Revista Vistazo

Camila Becerra

Periodista egresada de la Universidad Central del Ecuador, soy locutora de radio, reportera de noticias y redactora del portal web Cero Latitud

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