Agente de tránsito, sentenciado a 8 meses por muerte culposa de motociclista en la av. Simón Bolívar
El agente civil de tránsito, Bryan F., fue sentenciado por la muerte culposa de una persona que se transportaba en una motocicleta, el 20 de noviembre de 2021 en la avenida Simón Bolívar, oriente de Quito. En la sentencia se estableció una pena privativa de libertad de ocho meses, además de la suspensión de su licencia por seis meses y el pago de 19.200 dólares a los hijos de la víctima, como reparación integral.
Lo informó la Fiscalía General hoy, jueves 9 de marzo del 2023. Asimismo, el uniformado y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) –de forma solidaria– deben cancelar 21.600 dólares por concepto de reparación inmaterial. El sentenciado y la entidad deben presentar disculpas públicas.
¿Cómo ocurrió el incidente?
La Fiscalía informó que, el 20 de noviembre de 2021, en la avenida Simón Bolívar de Quito, Bryan F. conducía una camioneta de la Empresa Metropolitana de Movilidad y «realizó un giro para tratar de incorporarse a la circulación en el sentido contrario, maniobra que no completó, obstaculizando el carril de circulación por el que transitaba la víctima en su motocicleta«.
Eso provocó que el motociclista seimpactara a gran velocidad con el automotor que conducía el agente de tránsito, lo que causó su muerte.
Durante la audiencia de juicio, el fiscal Paúl Villarreal manifestó que el conductor del vehículo municipal no tomó las medidas de seguridad vial, tendientes a evitar un accidente de tránsito, ya que giró en un lugar no habilitado para hacerlo; y que –luego del accidente– no brindó atención a la víctima que se encontraba tendida en la vía pública.
Durante la diligencia se presentaron los testimonios de personas que presenciaron el hecho y describieron que la camioneta no tomó las medidas se seguridad necesarias para girar. Además, se incluyeron los informes de reconocimiento del lugar de los hechos y los periciales que determinan las causas del accidente, el acta de levantamiento del cadáver, el informe de autopsia, entre otros.
Esas pruebas fueron suficientes para que el Tribunal dicte sentencia contra el procesado y disponga que se oficie a la AMT para que investigue la conducta de los agentes de Tránsito que estuvieron presentes en el hecho. También que se remitan copias certificadas del proceso a Fiscalía para que se inicie una investigación por un presunto fraude procesal.
Lo que dice la ley
El delito de muerte culposa se encuentra tipificado en el artículo 377 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de uno a seis meses.
FUENTE: ECUAVISA