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Lasso prohíbe publicidad de apuestas o pronósticos deportivos

El artículo 56 del nuevo reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, emitido por el Presidente Guillermo Lasso, prohíbe la publicidad de apuestas o predicciones deportivas.

Ese artículo señala: “Se prohíbe la publicidad engañosa, así como todo tipo de publicidad o propaganda de pornografía infantil, de cigarrillos, de sustancias sujetas a fiscalización y todo tipo de sistema de apuestas o predicciones deportivas“.

Además, establece que “las bebidas que no sobrepasen el 5% de grado alcohólico se podrán publicitar”.

Lasso ordenó que los cambios entren en vigencia a partir de la fecha de la suscripción del Decreto Ejecutivo 853 firmado el 23 de agosto de 2023, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dudas sobre el alcance

La prohibición de publicidad de apuestas y pronósticos deportivos en medios de comunicación social ha causado sorpresa entre plataformas, algunas de las cuales han enviado consultas legales a sus casas matrices, según conoció PRIMICIAS.

Otras declinaron comentar porque “es un tema que atañe más a los medios de comunicación que a su giro de negocio”.

El alcance de la norma aún no está claro, dice Celso Vásconez, abogado en derecho deportivo. Asegura que la norma será de difícil cumplimiento, puesto que la mayor parte de plataformas de pronósticos deportivos y de apuestas están localizadas en el extranjero, lo que impide ejercer sanciones.

Al establecer prohibiciones de diversa índole, Vásconez cree que Ecuador ha perdido la oportunidad de tener ingresos de este negocio, como ahora lo hace Colombia, donde las plataformas de pronósticos deportivos deben obtener una licencia para operar.

El catedrático en Derecho Deportivo de la Pontificia Universidad Católica de Ecuador (PUCE), Giovanny Cárdenas, dice que el artículo 56 del reglamento a la Ley de Comunicación firmado por Lasso es general y hace referencia a “todo tipo de publicidad“.

Y si bien el artículo no prohíbe que estas plataformas sean auspiciantes de equipos de fútbol o la misma LigaPro, como ahora lo son, esos acuerdos incluyen compromisos de publicidad, dice Cárdenas.

Y añade que no hay claridad si estos últimos compromisos publicitarios también quedarían prohibidos.

¿Cuánto mueve el negocio?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha identificado y catastrado a seis plataformas establecidas en el país con RUC (residentes) y 27 plataformas que operan en el país sin RUC (no residentes).

El negocio de estas plataformas está en crecimiento en Ecuador. Solo los ingresos de las seis plataformas residentes en Ecuador pasaron de USD 2,5 millones en 2019 a USD 37,4 millones en 2022, según las declaraciones de Impuesto a la Renta presentadas al SRI.

Con eso, el Impuesto a la Renta causado pasó de USD 26.000 en 2019 a USD 482.000 en 2022.

El impuesto único La estrategia de control del SRI ha sido regular la declaración y el pago de Impuesto a la Renta, tanto de las plataformas registradas en el país, como de las extranjeras.

Así, a partir del 1 de enero de 2024, estas plataformas deberán pagar impuestos, de acuerdo con la Ley Orgánica de Fortalecimiento de la Economía Familiar, en vigencia desde el 20 de junio de 2023.

La norma fue iniciativa del Presidente Guillermo Lasso y cuenta con el aval de la Corte Constitucional. La reforma crea un Impuesto Único para las plataformas de pronósticos deportivos, que deberá ser pagado sin importar si son residentes en Ecuador o no.

En el caso de las plataformas extranjeras, sus usuarios pagarán el Impuesto a la Renta Único, al momento de realizar sus apuestas a partir de 2024.

Mientras tanto, las plataformas nacionales pagarán un Impuesto Único del 15% mensual sobre los ingresos que reciben.

“La gestión de la administración tributaria no está enfocada directamente en la inscripción y registro en el RUC en este segmento, sino en el control de que el valor declarado y pagado sea correcto”, explica la entidad.

Más controles

El SRI informó, además, que se está trabajando en conjunto con el Ministerio de Telecomunicaciones en el reglamento a esta actividad. La idea, según el SRI, es que quienes “presten servicios de plataformas de pronósticos deportivos regularicen su actividad en el país”.

Fuente:  Primicias.ec: 

Camila Becerra

Periodista egresada de la Universidad Central del Ecuador, soy locutora de radio, reportera de noticias y redactora del portal web Cero Latitud

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