TCE archiva denuncia por violencia política de género contra Luisa González
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó, este martes 8 de abril del 2025, la denuncia por presunta violencia política de género interpuesta contra la candidata del correísmo, Luisa González.
La denuncia fue presentada, el viernes 4 de abril del 2025, por Manuel Peñafiel, asambleísta movimiento político oficialista Acción Democrática Nacional (ADN).
La causa recayó sobre el juez del TCE, Guillermo Ortega, quien pidió al denunciante que complete en dos días la documentación que justifique la solicitud. Sin embargo, la archivó, este martes 8 de abril, al considerar que no se había cumplido con parte de lo requerido.
Peñafiel había señalado en su denuncia que González había incurrido «en infracciones electorales muy graves acusando de narcotraficante» a la directora del movimiento político de Noboa, María Beatriz Moreno, durante el debate presidencial del pasado 23 de marzo.
Peñafiel aseguró González hizo «expresiones denigrantes» contra Moreno basadas en una investigación previa en la «que no se ha comprobado ni se comprobará delito alguno». Además, dijo que esas acusaciones han afectado «el buen nombre y la honra» de la directora de ADN.
Sin embargo, sin entrar a analizar el fondo de la denuncia, el juez Ortega señaló que Peñafiel presentó copias simples de los documentos con los que pretendió acreditar su calidad de adherente de ADN.
Esas copias «conforme lo ha señalado en reiteradas ocasiones este Tribunal, no constituyen prueba, conforme el inciso segundo del artículo 145 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral«, señaló Ortega.
«Por lo que este juzgador se ve impedido de valorar dichos documentos ya que carecen de eficacia jurídica«, añadió. El magistrado también indicó que esta omisión «contraviene un requisito esencial, puesto que, de no acreditarse la calidad invocada, no puede proseguirse con la tramitación de la causa conforme lo exige la normativa electoral».
Pese a que el denunciante presentó otros documentos relacionados con el caso, el magistrado consideró que no se podía analizar el cumplimiento de los demás requisitos, así que archivó la denuncia contra la candidata del movimiento Revolución Ciudadana.
El Código de la Democracia de Ecuador establece que los actos de violencia política de género son considerados como infracciones electorales muy graves que se sancionan con multas económicas y con destitución o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años.
Esta denuncia se presentó en medio de la campaña para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, en la que Noboa y González se enfrentarán este domingo 13 de abril del 2025.
Fuente: Teleamazonas