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Nuevas reglas: deliverys deberán registrar sus motos y llevar la placa visible en Ecuador

Los conductores que trabajan como delivery en motocicleta tendrán nuevas obligaciones en Ecuador tras las reformas a la Ley de Tránsito. La normativa establece requisitos de identificación y registro para quienes realizan entregas de alimentos, productos y otros bienes de pequeño tamaño.

La reforma define a los deliverys como motocicletas homologadas destinadas al traslado especializado de este tipo de productos. Esta actividad será considerada un subtipo del transporte comercial de carga ligera.

Entre las principales exigencias está contar con la licencia de conducir correspondiente para motocicletas. En el caso de conductores extranjeros, la licencia emitida en su país de origen deberá ser homologada en Ecuador.

La normativa también establece el uso obligatorio de un casco de seguridad homologado que permita identificar el número de placa. El mismo número deberá estar visible en el chaleco reflectivo utilizado por el conductor.

Las mochilas, cajas o contenedores empleados para transportar los productos también deberán exhibir la placa de la motocicleta. Además, los conductores que presten este servicio tendrán prohibido transportar pasajeros.

Registro obligatorio ante la ANTUno de los principales cambios es la creación de un registro específico para los conductores y vehículos destinados al servicio de transporte de bienes y productos a domicilio.

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) será la encargada de administrar el Registro Nacional de Conductores y Vehículos destinados a este servicio. La institución deberá establecer mediante normativa secundaria los procedimientos y mecanismos tecnológicos para la inscripción, actualización, suspensión y cancelación de los registros.

El sistema también deberá permitir la interoperabilidad con las plataformas utilizadas para el control de tránsito y la seguridad vial.

La medida busca facilitar la identificación de quienes realizan entregas en motocicleta, especialmente en un contexto en el que las autoridades han advertido sobre casos en los que personas se hacen pasar por repartidores para cometer delitos.

Sin multa por no registrarseAunque la inscripción en el registro será obligatoria, la Asamblea Nacional no aprobó una sanción económica ni la reducción de puntos en la licencia para quienes no cumplan con este requisito.

De esta manera, la reforma establece la obligación de registrarse, pero no contempla una multa específica por no hacerlo.Las nuevas disposiciones todavía no entran en vigencia. El presidente Daniel Noboa deberá aprobar las reformas para que posteriormente puedan ser aplicadas.

Con estas modificaciones, las autoridades buscan establecer mayores mecanismos de identificación y control sobre el servicio de entregas a domicilio, mientras la ANT deberá desarrollar las normas y procedimientos necesarios para implementar el nuevo registro a escala nacional.

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