Justicia impone pena de siete años por secuestro de chofer de plataforma digital
Un Tribunal de Garantías Penales impuso una pena de siete años de privación de libertad a Nexar Alexander V., luego de declararlo culpable del delito de secuestro perpetrado contra un conductor que prestaba servicios de transporte a través de una plataforma digital, en el norte de Quito.
La sentencia fue emitida tras la valoración de los elementos probatorios presentados por la Fiscalía, los cuales permitieron acreditar la responsabilidad penal del procesado durante la audiencia de juzgamiento.
Los hechos ocurrieron el 2 de agosto de 2025, alrededor del mediodía, cuando la víctima, un conductor de 44 años, aceptó una solicitud de viaje generada desde el sector de La Roldós, en el norte de la capital. Al abordar a dos pasajeros, uno de ellos solicitó ser trasladado hacia las inmediaciones del centro comercial Atahualpa, al sur de la ciudad.
Durante el recorrido, uno de los ocupantes extrajo un arma y amenazó al conductor, obligándolo a recostarse en la parte posterior del vehículo y a permanecer cubierto con una cobija, mientras era retenido contra su voluntad.
De acuerdo con el testimonio anticipado rendido por la víctima, los agresores lo intimidaron para que entregue las claves de sus cuentas bancarias y tarjetas, mientras manifestaban su intención de trasladar el automotor a un lugar para desmantelarlo.
El recorrido finalizó en un establecimiento dedicado a la instalación de accesorios vehiculares, ubicado en el sector de Chillogallo, en el sur de Quito. En ese punto, personal policial intervino y logró la aprehensión de Nexar Alexander V., quien se encontraba en el interior del vehículo junto a la víctima. El segundo implicado consiguió huir del lugar.
Durante el juicio, la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional presentó, entre otros elementos, el testimonio anticipado del denunciante, la declaración del agente aprehensor, una evaluación psicológica y un informe de entorno social, pruebas que fueron consideradas suficientes por el Tribunal para establecer la participación directa del procesado.
Además de la pena privativa de libertad, los jueces ordenaron el pago de una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados y una indemnización de 2.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.
El delito de secuestro se encuentra tipificado en el artículo 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla penas de cinco a siete años de prisión, conforme a la normativa vigente.

